Institucional

Quiénes somos.

El Colegio de Kinesiólogos de La Pampa: historia, autoridades y marco normativo de la profesión.

Historia

Cómo nació el Colegio

El Colegio de Kinesiólogos de la Provincia de La Pampa fue creado mediante la Ley Nº 2193. Su funcionamiento, la conformación de sus autoridades, así como los derechos y obligaciones de sus miembros, se encuentran establecidos en el Estatuto aprobado en la Asamblea Constitutiva del 20 de enero de 2007. Dicho Estatuto regula la relación del Colegio con sus matriculados, abordando aspectos éticos, normas de convivencia institucional, defensa del ejercicio profesional y la facultad de control de la práctica kinesiológica. Establece asimismo los deberes de los profesionales colegiados: la participación en la elección de autoridades, el cumplimiento de las obligaciones económicas, la denuncia de prácticas ejercidas por personas no habilitadas y la responsabilidad de informar a la comunidad sobre las acciones desarrolladas en materia de prevención, tratamiento, docencia e investigación. Actualmente, el Colegio se encuentra en pleno crecimiento, incorporando nuevos profesionales día a día y asumiendo una responsabilidad creciente en la tarea de acompañar, orientar y fortalecer la práctica profesional tanto en el ámbito laboral como en el académico.

Misión

Nuestro compromiso

Como entidad representativa de los kinesiólogos de La Pampa, el Colegio trabaja para jerarquizar la profesión y posicionarla en el lugar que legítimamente merece. Este propósito no recae únicamente en las autoridades: exige la participación activa y responsable de cada uno de los colegiados. Asumir con conciencia el rol profesional, involucrarse mediante propuestas concretas y fortalecer el sentido de pertenencia son pilares fundamentales de nuestra identidad. Ser kinesiólogo implica un compromiso ético y social que nos convoca a sostener y promover con orgullo los valores de nuestra profesión, y a trabajar colectivamente para obtener el reconocimiento que esta merece. Este propósito se sostiene mediante la capacitación continua, la labor constante y la convicción profunda de nuestra identidad profesional.

Comisión Directiva

Sergio R. Soporki
Presidente
Sergio R. Soporki
María P. Yanicelli
Vicepresidente
María P. Yanicelli
Natalia F. Cogorno
Secretaria
Natalia F. Cogorno
Mariela De La Campa
Tesorero
Mariela De La Campa
Jonathan G. Bustamante
Vocal Titular
Jonathan G. Bustamante
María L. Añino
Vocal Titular
María L. Añino
Roxana D. Bais
Vocal Suplente
Roxana D. Bais
Jorgelina Lambert
Vocal Suplente
Jorgelina Lambert
MG
Revisor de Cuentas Titular
María S. Giana
MJ
Revisor de Cuentas Titular
Mariano A. Jozami
SF
Revisor de Cuentas Suplente
Sabina P. Fernández
AZ
Revisor de Cuentas Suplente
Alejandro P. Zalazar
HM
Tribunal de Ética y Disciplina — Titular
Héctor A. Minardi
MR
Tribunal de Ética y Disciplina — Titular
Marta C. Ramis
RB
Tribunal de Ética y Disciplina — Titular
Rubén G. Borzi
RL
Tribunal de Ética y Disciplina — Suplente
Rubén H. Leis

Marco normativo

Ley Nº 2193

Ley de creación del Colegio de Kinesiólogos de La Pampa.

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Estatuto

Estatuto aprobado en la Asamblea Constitutiva del 20 de enero de 2007.

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Asamblea

CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE KINESIÓLOGOS DE LA PAMPA

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ANUAL ORDINARIA AÑO 2026

Señores Colegiados

El Consejo Directivo del Colegio de Kinesiólogos de La Pampa, Ley Nº 2193, en cumplimiento de disposiciones estatutarias, convoca a los Colegiados a Asamblea Anual Ordinaria, que se realizará el día 19 de Septiembre de 2026 a las 10:00 horas en la Sede de la Institución sita en calle Oliver Nº 625 de la Ciudad de Santa Rosa (La Pampa), a los efectos de tratar el siguiente orden del día:

  1. Designación de dos (2) Colegiados para que, conjuntamente con Presidente y Secretario, firmen el Acta de la Asamblea Anual Ordinaria del Día 19 de Septiembre de 2026.
  2. Lectura y consideración del Acta de la Asamblea Anual Ordinaria del día 20 de Septiembre de 2025.
  3. Lectura y consideración de la Memoria, el Balance General, el Inventario y la Cuenta de Recursos y Gastos del Ejercicio Nº 20 comprendido entre el 1° de Julio de 2025 y 30 de Junio de 2026.
  4. Elección de cuatro (4) miembros del Consejo Directivo: cuatro (4) miembros por finalización de sus mandatos para los siguientes cargos: Un (1) Vicepresidente, un (1) Vocal Titular, un (1) Vocal Suplente, un (1) Vocal Suplente.
  5. Determinación del monto para derecho de inscripción en la matrícula, de la cuota anual, su modalidad de pago y actualización.

Nota: Transcurrida una (1) hora de la fijada para la iniciación de la Asamblea, ésta se realizará con el número de colegiados presentes, dándose cumplimiento a lo previsto por el Art. 26 del Estatuto.-

Fecha de publicación: 15 de septiembre de 2026

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